PRONÓSTICO EXTENDIDO

La Camara Federal mantuvo su criterio y confirmo la prisión preventiva para Ayala, Sampayo y los otros imputados

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Finalmente la Cámara Federal de Apelaciones revió el fallo, tal lo había ordenado Casación Penal. En el fallo, resuelve  «confirmar  el   dictado   de   prisión   preventiva   respecto   de  Aída Beatriz Máxima Ayala, Jacinto Amaro Sampayo, Daniel Alejandro Fischer, Rolando Javier Acuña, Carlos Alberto Secundino Huidobro y Pedro Alberto Martínez».







La Diputada Nacional aún no podrá ser detenida, ya que posee fueron parlamentarios.

Tras un largo derrotero judicial, en el que los abogados defensores intentaron lograr hacer caer la prisión preventiva dictada por la Juez Federal Zunilda Niremperger, la ultima palabra la tenía la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, cuyo dictamen se conoció en la tarde de este martes.

De acuerdo a la resolucion judicial, los Camaristas consideraron que «los elementos reseñados (gravedad y trascendencia económica y social de los hechos investigados, grado de probabilidad de su participación en los mismos, actuación   organizada,   pena  en  expectativa,  entre   otros), sumado  a  la  necesidad  de asegurar su comparecencia y evitar injerencias en la obstrucción de la tramitación del juicio (habida cuenta sus vínculos y conexiones y la capacidad económica y operativa acreditada)   tornan   desaconsejable,   por   el   momento,   revertir   el   dictado   de   prisión preventiva en esta etapa del proceso. Por lo que procede rechazar la apelación intentada», en referencia a la Diputada Nacional Aida Ayala.







Sin embargo, cabe destacar que aún mantiene los fueros, por lo que no irá a prisión hasta tanto la Cámara de Diputados de la Nacion trate el desafuero, ya solicitado oportunamente por la justicia federal.

En cuanto al líder sidical de los municipales -que seguirá detenido- la Cámara Federal de Apelaciones consideró que   «la   medida   cautelar   dictada  (prisión preventiva)  aparece   indispensable   para      garantizar los fines del proceso, siendo que el tiempo de detención cumplido (nueve meses) no deviene irrazonable en consideración a la complejidad acreditada de la causa y el estado procesal en que actualmente se encuentra, como dijimos, próxima a elevar a juicio oral.

En virtud de lo hasta aquí señalado, no procede hacer lugar al recurso de apelación deducido y consecuentemente, confirmar la prisión preventiva dictada contra Jacinto Amaro Sampayo».

Sobre el empresario vinculado a la empresa PIMP S.A. Alejandro Fischer apuntaron: «estimamos la gravedad de los ilícitos y el rol atribuido a Fischer en ellos, la participación en forma organizada, el grado de probabilidad arribado en esta instancia en relación a la hipótesis delictiva, así como la trascendencia social e institucional de los hechos   cometidos   en   el   seno   de   esta   ciudad;   su   complejo  modus   operandi,  y  la capacidad económica y operativa acreditada en autos, como circunstancias que denotan el riesgo cierto de elusión del nombrado del accionar de la justicia».

Similares consideraciones tuvieron los jueces para con Rolando Javier Acuña -otro de los procesados en la Megacausa II- , «los elementos más arriba señalados, como la inminente elevación a juicio de las presentes actuaciones, nos llevan a considerar prudente y razonable el mantenimiento del dictado de la cautelar dispuesta para el aseguramiento de los fines del proceso», indicaron.

“Entendemos  que la restricción  de libertad de (Carlos) Huidobro se torna indispensable para afianzar su comparecencia en el juicio y asegurar los fines del proceso, esto es, la averiguación de la verdad y la actuación de la ley penal, […] en el análisis comparativo resultan de mayor peso y valor indiciario para el pronóstico que se realiza, las constancias positivas de peligrosidad,” así fallaron respecto al considerado “testaferro” de Jacinto Sampayo, confirmándole que seguirá detenido hasta el juicio oral y público.

Por último, resolvieron la situación personal del empresario Pedro Alberto Martínez, los magistrados de la Cámara Federal de Apelaciones señalaron, “advertimos la necesidad de garantizar la comparecencia de Martínez en el juicio, sin que se observe una irrazonabilidad en el plazo de detención del   prenombrado   (que   se   encuentra   detenido   desde   hace   ocho   meses),   ni   la desproporción de la medida cautelar con el avanzado estado de la causa”, entre otros fundamentos.

El fallo: