PRONÓSTICO EXTENDIDO

Desde la Justicia, exhortan al Ejecutivo chaqueño a dar “trato digno” a internos de la Alcaidía de Resistencia

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El Superior Tribunal de Justicia, por mayoría, hizo lugar parcialmente a la acción de hábeas corpus colectivo y correctivo interpuesta por la totalidad de los internos de la Unidad Alcaidía Policial de Resistencia.

La presidenta del Superior Tribunal de Justicia, Iride Isabel María Grillo, en disidencia, entendió que debía hacerse lugar a la acción en todas sus partes.

Los reclamos se dirigen a los malos tratos y abusos en el denominado Puesto Nº 3 por parte de los agentes del Servicio Penitenciario: falta de atención médica; ampliación de los días y horarios de visita; realización de visitas conyugales; actuación de los juzgados de ejecución; reanudación de los cultos; otorgamiento de trabajo remunerado.

Por primera vez, audiencia virtual

Previo a resolver, las juezas Grillo y Valle escucharon las inquietudes de los denunciantes en la primera audiencia virtual llevada a cabo en este tipo de procesos, de la que participaron los referentes de los Pabellones intervinientes, la Defensora General Adjunta, Gisela Gauna Wirtz, el representante de la Fiscalía de Estado y autoridades del Servicio Penitenciario.

Las medidas ordenadas disponen exhortar al Poder Ejecutivo, Ministerio de Seguridad y Justicia así como al Servicio Penitenciario de la Provincia del Chaco a que se dé efectivo cumplimiento a lo dispuesto en las sentencias N° 183/18; 52/20 y 161/20 del STJ. Las cuales, en términos similares, recomendaron se arbitren los recaudos necesarios para el efectivo e inmediato cumplimiento del marco normativo nacional e internacional aplicable, y garanticen un trato digno hacia las personas detenidas y aseguren la prevención, investigación y sanción de cualquier acto que implique un tratamiento inhumano y/o degradante. Además, de asegurar la atención médica necesaria e iniciar y/o continuar aquellos trámites tendientes a la concesión de los beneficios previstos por la ley en el marco del Plan de Desescalada.

Por otra parte, se ordenó a las autoridades del Hospital Julio C. Perrando y al Ministerio de Salud Pública la realización inmediata de análisis y estudios al interno Esteban Nicolás Monzón, quien padece una patología aún indeterminada; así como al Servicio Penitenciario que disponga las diligencias necesarias para llevar a cabo lo ordenado y garantizar el cumplimiento del tratamiento indicado por los médicos tratantes.

Por su parte, la jueza Grillo entendió que el reclamo debe prosperar en su totalidad. Para así decidir tuvo en especial consideración lo manifestado en un voto concordante en la Sentencia Nº 161/20 (Expte. Nº 09/20). Invocó principalmente jurisprudencia nacional e internacional al respecto, además de las medidas dispuestas por la mayoría e instó al Poder Ejecutivo, al Ministerio de Seguridad y Justicia y al Servicio Penitenciario al “efectivo e inmediato cumplimiento del marco normativo aplicable y particularmente al desarrollo de acciones orientadas a asegurar la vigencia concreta de los derechos humanos de las personas privadas de libertad (art. 18 CN, art. 5.1 CADH y 10.1 PIDCP, art. 27 CP)”.