PRONÓSTICO EXTENDIDO

La jueza Zunilda Niremperger dio lugar a la medida cautelar que permite a médicos correntinos trabajar en Resistencia

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El Juzgado Federal 1 de Resistencia habilitó feria judicial extraordinaria e hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la Asociación de Clínicas y Sanatorios y Federación Médica del Chaco contra el Ministerio de Salud de la provincia de Corrientes y/o Poder Ejecutivo de Corrientes sobre medida cautelar, Expediente 1331/2020.

Así, la jueza Zunilda Niremperger ordena al Poder Ejecutivo de la Provincia de Corrientes, arbitre las medidas necesarias para permitir a los profesionales médicos consignados en la demanda la libre circulación hacia esta provincia para la prestación de los servicios esenciales de salud en los establecimientos en que ellos se desempeñan y su regreso hacia Corrientes, en los términos y con las limitaciones establecidas en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, en tanto no presenten síntomas compatibles con coronavirus (COVID-19).

A su vez, la resolución de la magistrada menciona los nombres de 41 profesionales de la vecina provincia que cumplen funciones en el Chaco.

Del mismo modo, Niremperger hace saber que la presente medida tendrá vigencia hasta tanto finalice el aislamiento social, preventivo y obligatorio y/o se dicte sentencia definitiva, lo que ocurra primero.

También dispone que los accionantes presten caución juratoria a través de un escrito digital, firmado electrónicamente por su apoderado y comunica lo dispuesto al Ministerio de Salud de la Nación, en tanto autoridad de aplicación de la emergencia sanitaria declarada por Ley 27.541, ampliada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/2020, a sus efectos.

La acción

La Asociación de Clínicas y Sanatorios del Chaco y la Federación Médica del Chaco, invocando su calidad de asociaciones civiles, interpuso acción de amparo contra la provincia de Corrientes, por intermedio del Ministerio de Salud, a fin de que se declare la inconstitucionalidad de la Circular N° 6 del 24/03/2020, dictada por el Comité de Crisis COVID-19 dependiente de ese Ministerio.

A través de ella, dispone el aislamiento social y obligatorio de los profesionales médicos y personal de salud con asiento en la provincia de Corrientes y que presten servicios en la vecina provincia del Chaco, sea en instituciones públicas y/o privadas, por el término de catorce días, por considerarlos de manera arbitraria e infundada, personal sanitario de riesgo, y en consecuencia se disponga la revocación judicial de la normativa atacada.