PRONÓSTICO EXTENDIDO

Cierran preventivamente por tres días el Civil 20 en Resistencia por caso de Coronavirus

Compartir en mis redes:

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) informó que tomó conocimiento el sábado 26 «de un caso confirmado y otro sospechoso de coronavirus en el Juzgado Civil y Comercial N° 20 de Resistencia», ubicado en la Torre 1 de avenida Laprida 33 de la capital chaqueña.

Por lo que, por mayoría compuesta por Iride Isabel María Grillo, Rolando Ignacio Toledo y Emilia María Valle, con la disidencia de Alberto Mario Modi, se dispuso el «cierre preventivo de dicho Juzgado y el trabajo remoto del organismo por los días lunes 28, martes 29 y miércoles 30, como así también el aislamiento preventivo del personal que haya tenido contacto estrecho».

Grillo, Toledo y Valle consideraron que, «conforme los argumentos vertidos en los considerandos de las resoluciones dictadas sobre el funcionamiento del Poder Judicial en pandemia, el STJ debe velar por la adecuada prestación de la función judicial, preservando la salud de agentes, profesionales, justiciables y ciudadanía en general».

Asimismo, ponen de relieve que la medida dispuesta «se adecúa a las recomendaciones de las autoridades sanitarias consultadas y a la Guía de Buenas Prácticas en Bioseguridad -Coronavirus- para el Poder Judicial, aprobada por Resolución N° 316/2020».

Finalmente, entienden que se trata de «una medida razonable y proporcionada, ponderando que hasta el momento no se han informado o tomado conocimiento de contagios dentro del ámbito laboral, siendo que los agentes confirmados habrían contraído el virus o sus contactos se produjeron fuera del Poder Judicial».

En tanto, el voto disidente de Modi refiere a que entiende que «se debe disponer el cierre por 14 días el respectivo edificio. Además, teniendo en cuenta la cantidad de contagios verificados de COVID-19 hasta el presente, reitera que corresponde el retorno de la vigencia del Servicio Judicial de Urgencia, con el mínimo de dotación presencial de agentes, a fin de evitar concentración de personas en los lugares de trabajo, su circulación con riesgo de transmisión viral, conforme lo ya expresado en la Resolución del Superior Tribunal de Justicia Nº 413/20».

Fuente: (Agencia FOCO)