La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil consideró que un plazo de casi ocho años desvirtúa la finalidad de la compensación económica. Elevó el monto a $4.000.000 y ordenó que se pague en 20 cuotas ajustables por inflación para garantizar la autonomía de la excónyuge.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (Sala B) dictó un fallo que marca un precedente relevante en materia de compensación económica tras el divorcio, al revocar un esquema de pago en 100 cuotas que había sido dispuesto en primera instancia. Para el Tribunal, una extensión tan prolongada “desnaturaliza” la finalidad de este instituto jurídico.
Según pudo confirmar la agencia Noticias Argentinas, la Cámara elevó el monto total reconocido a la excónyuge —quien dejó inconclusa su carrera de medicina para dedicarse al hogar y al proyecto familiar— y lo fijó en $4.000.000, pero redujo drásticamente el plazo de cancelación.

De 100 a 20 cuotas: qué resolvió la Justicia
El fallo detalla la nueva modalidad de pago:
– Plazo anterior: 100 cuotas mensuales y consecutivas.
– Nuevo plazo: 20 cuotas iguales de $200.000 cada una, con actualización por inflación.
Para los jueces, la modalidad anterior implicaba casi ocho años de pagos, un lapso que, lejos de favorecer la autonomía, prolongaba la dependencia económica entre los excónyuges.
La finalidad de la compensación económica
En su argumentación, la Cámara remarcó que este instituto del Código Civil y Comercial está pensado para “restablecer el equilibrio perdido” tras la ruptura matrimonial, especialmente en situaciones donde uno de los cónyuges resignó su desarrollo profesional o laboral en beneficio del proyecto familiar.
“La posibilidad de cancelar una prestación como la que aquí se concede en 100 cuotas conculca su naturaleza y atenta contra su finalidad”, sostuvo el Tribunal. La compensación, explicaron, debe permitir que la parte más débil recupere autonomía e independencia económica para afrontar el futuro, algo imposible si el pago se estira por casi una década.
Un antecedente que puede impactar en futuros casos
Especialistas consideran que este fallo podría influir en nuevas resoluciones judiciales, ya que establece un criterio claro: los plazos excesivos en el pago de compensaciones van en contra del objetivo reparador previsto en la ley. El nuevo límite fijado en 20 cuotas abre la puerta a un estándar más razonable y acorde a la urgencia económica que atraviesan quienes reciben este beneficio.
