El municipio de Resistencia puso en marcha los operativos de control y fiscalización tanto de venta como de depósito de artículos de pirotecnia en distintas áreas de la ciudad.
Las tareas, que serán intensivas y se profundizarán a medida que se acerquen las fiestas de fin de año, son coordinadas por la Secretaría de Gobierno en conjunto con el área de Bomberos de la Policía del Chaco, la Dirección de Inspecciones Generales, Defensa Civil, Departamento Industria y Comercio, Juzgado de Faltas Municipal y la Guardia Comunitaria.
Paralelamente a los controles que se llevarán adelante, desde el municipio se solicita a los comerciantes del rubro que se acerquen a la comuna para realizar los trámites correspondientes para la habilitación de locales y depósitos.
La comuna llevará a cabo el control de las habilitaciones comerciales y la autorización para la venta de artificios pirotécnicos, control y verificación de la seguridad de los locales comerciales y de los distintos tipos de pirotecnia y si se encuentran autorizados
El secretario de Gobierno, Sebastián Lifton ordenó que se tomaran todas las medidas preventivas necesarias para garantizar la seguridad en el marco de la ordenanza 7453.
Por su parte el subsecretario de Gobierno, Gustavo Cicik precisó que los controles serán intensivos en el centro de la ciudad y las avenidas aunque también llegarán a los barrios y otras áreas periféricas.
“Se invita a los comerciantes del rubro a que completen todo lo que tiene que ver con la habilitación; de esa manera se evitarán multas, clausuras y el decomiso de la mercadería”, puntualizó el subsecretario de Emergencia y Defensa Civil, Jorge Luque.
El subsecretario de Gobierno explicó que el Concejo Municipal de Resistencia aprobó una ordenanza que introduce modificaciones en el Anexo I de la Ordenanza N° 7453, que regula los requisitos y condiciones en habilitaciones comerciales en lo que respecta al almacenamiento, depósito y venta de objeto de pirotecnia.
De esta manera se incluye la prohibición de la venta, utilización, tenencia y/o fabricación de los tipos de artificios pirotécnicos denominados: morteros con bombas, bombas de estruendo o de iguales características.
«La iniciativa tiene el objetivo de mejorar la convivencia en la ciudad ya que el impacto sonoro de este tipo de artificios pirotécnicos provoca inconvenientes a personas con autismo, a quienes padecen enfermedades, a los recién nacidos y a las mascotas.
Como asimismo erradicar una forma de recreación riesgosa para la integridad física y psicológica» dijo el subsecretario de Seguridad y Justicia, Roberto Gronda.
Las sanciones establecidas para quienes infrinjan la normativa corresponden a una multa de entre 50 y 250 litros de nafta común.
En tanto para quien reincidiere por primera vez será de 250 a 500 litros de nafta común y como accesoria, si correspondiere, clausura por tiempo indeterminado o retiro temporaria de la autorización.
Quien incurriere en segunda reincidencia será sancionado con multa de 500 a 750 de litros de nafta común y de corresponder, clausura definitiva o revocación del permiso de venta.
Plena vigencia de la Ordenanza 7453
Ante la proximidad de las fiestas de fin de año, el municipio de Resistencia comunicó a la comunidad y a los comerciantes que se halla vigente la Ordenanza Nº 7453.
La misma aprueba la reglamentación referente a la fabricación, almacenamiento, transporte y comercialización de artificios de pirotecnia.
Se establece la prohibición de la venta de artefactos o elementos de pirotecnia en puestos fijos o ambulantes, en la vía pública como así también a menores de 14 años.
Tampoco podrán existir depósitos o venta de pirotecnia en los locales comerciales donde se comercialicen sustancias combustibles de cualquier tipo.
Se prohíbe además la venta o tenencia de artificios pirotécnicos que no se encuentren registrados en la Dirección General de Fabricaciones Militares, sean estos de origen nacional o extranjero.
Las personas o empresas que deseen comercializar con dichos elementos, deben presentar ante la Unidad Ejecutora de Habilitaciones Municipal (UEHM) una nota en la que soliciten autorización transitoria para hacerlo.
El no cumplimiento de cualquiera de estos requisitos provocará el decomiso de la mercadería en procedimientos autorizados por la normativa mencionada.
Por otra parte, se comunicó que se están realizando inspecciones en forma conjunta con la Unidad Especial de Bomberos, Dirección de Tránsito, el Registro Provincial de Armas y el Juzgado de Faltas Municipal. En consecuencia se procederá conforme a lo normado en el artículo 87 del Código de Faltas de la provincia ley 4209.
Para mayor información deberán dirigirse a la Dirección General de Inspecciones, sita en avenida Italia Nº 897 o comunicándose al teléfono Nº 4458323.