PRONÓSTICO EXTENDIDO

Por la causa de una emergencia económica los productores tendrán tiempo hasta el 10 de marzo para presentar toda la documentación

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Los productores que pretenden seguir amparados por la Ley Nº 1394-I (antes Nº 5540) deben presentar toda la documentación contable e impositiva que acredite que continúan en una situación de vulnerabilidad económica.

El Ministerio de Producción recuerda a los productores amparados por la Ley 1394-I (antes Ley 5540), que hasta el 10 de marzo de 2018 tienen tiempo para presentar la documentación obligatoria que acredite la continuidad de la situación crítica. La documentación será presentada ante la Cámara de Diputados, para evaluar la continuidad de la emergencia económica.

La Ley Nº 5540 sancionada en 2005 a raíz de una Emergencia Agropecuaria, protegía a los productores imposibilitando juicio, embargo o inhabilitación de sus bienes mientras dure la Emergencia. La normativa abarcó a casi 300 productores y a partir del 2005 se viene prorrogando en forma ininterrumpida por la Cámara de Diputados del Chaco, siendo la última vez en noviembre del año pasado, con una extensión hasta el 31 de marzo de 2018.

Aquellos productores que pretenden seguir amparados por la Ley Nº 5540 deben presentar toda la documentación contable e impositiva que acredite que continúan en una situación de vulnerabilidad económica, siendo el 10 de marzo la fecha límite establecida para cumplir con este requisito.

Así quedó establecido en la Resolución Nº 80 firmada por el ministro de Producción del Chaco Marcelo Repetto, donde se especifica que la Declaración Jurada que se exige debe llevar la firma de un contador, además de las copias de las últimas tres liquidaciones de Impuestos a las Ganancias, a los Bienes Personales y de Ingresos Brutos.

Si con la documentación a ser presentada el productor demuestra que sigue en una situación financiera delicada se podrá solicitar a la Cámara de Diputados que se haga una nueva prórroga de la ley, mientras que aquel que no cumpla con los requisitos exigidos quedará automáticamente excluido de los beneficios de la Ley 1394-I (antes Ley Nº 5540).

El Ministerio de Producción solicita a los productores amparados en esta legislación que presenten con tiempo la documentación requerida para que sea correctamente analizada.

Este procedimiento pueden realizarlo en las Delegaciones del Ministerio de Producción ubicadas en el interior de la provincia o bien en la oficina de la Subsecretaría de Agricultura, ubicada en Marcelo T. de Alvear 145, 7º piso de Casa de Gobierno, en la ciudad de Resistencia.