Ramón Torres seguirá detenido y la fiscal temática Daniela Meiriño se declaró incompetente, derivando la causa, a su par Rosana Soto.
El 7 de octubre un incendio en la precaria casa del asentamiento Mate Cosido, a metros de la intersección de avenida Mac Lean y calle Tatú Carreta, originó las muertes de Concepción Griselda Sosa de 37 años y sus hijas Jazmín y Brisa, de 8 y un año, respectivamente. Las víctimas quedaron atrapadas entre las llamas, sin posibilidades de escapar ya que Torres de 48 años, esposo y padre de las víctimas, se fue de su casa como cada mañana a trabajar, y dejó puesto el candado con cadena en la única puerta de la vivienda.
La fiscal de investigaciones número 9, Daniela Meiriño, confirmó las últimas novedades en la causa: “Torres tiene prisión preventiva por la misma calificación que le intimo en función al artículo 289 inciso 2 del Código Procesal Penal”, señaló la fiscal en temática de género. Y agregó: “Luego de realizar mi investigación consideré que el hecho no se enmarcaba en violencia de género y elevé a procuración adjunta (Miguel Fonteina) para que resuelva la cuestión de competencia entre mi fiscalía y la de doctora Rosana Soto, resolviéndose que debía continuar la fiscal N°3 Soto”.
Por lo cual, Torres seguirá detenido por “homicidio culposo agravado por tratarse de más de una víctima fatal”.
De esta manera, corresponde avanzan en las próximas medidas a la fiscal Soto, para determinarse luego el requerimiento de la causa a juicio oral, pero como se ha informado en estas páginas, no surgen indicios y elementos que encuadren la tragedia en femicidio, quedando despejada dicha figura.
Las pruebas y testimonios han contribuido a demostrar que Torres no originó el incendio y también consta en el expediente, la declaración de un vecino que escuchó cuando Concepción le dijo a su marido que cierre de afuera, lo que posteriormente se transformó en una trampa mortal para ella y sus dos hijas.
Torres no fue denunciado por Sosa en comisarías o fiscalías, y surgió del sistema online Proteger instaurado por el Superior Tribunal de Justicia del Chaco, que tanto Concepción y sus hijos eran supervisados por el juzgado del Menor y la Familia, por denuncias de las líneas 102 y 137 por “violencia intrafamiliar”, aunque a medida que Meiriño fortaleció la investigación, consideró que las muertes no fueron en contexto en violencia de género, pidiendo apartarse y dar paso a su colega.