PRONÓSTICO EXTENDIDO

La Cámara en lo Contencioso Administrativo intima al Intendente Gustavo Martinez a cumplir con la derogación del «impuestazo»

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En línea con el criterio ya aplicado con el “Impuestazo 2020” y la prórroga de la “Tributaria para el 2021”, la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la justicia provincial, a través de la presidenta de la Sala Primera, jueza Natalia Prato, intima al intendente de Resistencia, Gustavo Martínez, a que dé cumplimiento a la sentencia judicial dictada por ese mismo tribunal, que declaró inconstitucional la irregular ordenanza “Tributaria 2021”, impulsada por la gestión de Martínez. Puntualmente, pide que se le informe si dio cumplimiento a la sentencia y que acompañe toda su documentación respaldatoria.

En el mismo instrumento judicial, se continúa trasladando las intenciones que el concejal Fabricio Bolatti tuvo al realizar la presentación vía representación legal del doctor Javier Alos, donde informó de la situación percibida y solicitó la verificación de la liquidación de tributos y del cumplimiento del fallo que, por efecto, debió impedir la existencia de incrementos entre el 2020 y el 2021, sobre todo en el Impuesto Inmobiliario y la Tasa Retributiva de Servicios.

El concejal junto a la Asociación de Vecinos que integra Cecilia Rivero y Víctor Pastore, pudieron tomar contacto con boletas y resúmenes de cuentas de contribuyentes, que reflejaron aumentos en torno al 60% anual. 

INTIMAN AL INTENDENTE MARTÍNEZ A CUMPLIR SENTENCIA JUDICIAL

En el instrumento de notificación, se le hace saber al titular del Departamento Ejecutivo Municipal que, en el caso de incumplimiento, cuenta con dos días para cumplir su obligación.

La Justicia determinó: “…requiérase al intendente de la ciudad de Resistencia, Sr. Gustavo Martínez, que en el plazo de DOS  (02) días informe a este Tribunal si dio cumplimiento con lo dispuesto en la pto. I. de la Sentencia Nº 113, dictada a fs. 176/191. De haberlo hecho, remita los actos administrativos que acrediten tal circunstancia”. 

Asimismo, intimó al jefe comunal a que informe si los Tributos por Tasas y Servicios, Impuesto Inmobiliario y Patente, sufrieron variaciones en los períodos 2020 y 2021, indicando porcentaje y el motivo de las variaciones, fundando el mismo en alguna normativa legal. En caso contrario, deberá dar cumplimiento dentro del plazo de dos días y bajo apercibimiento de correr vista al Fiscal de Investigaciones que por turno corresponda, por eventual incumplimiento de orden judicial y de aplicación de astreintes. 

IMPORTANTE PARA NUESTRA INSTITUCIONALIDAD

“Tanto la correcta liquidación de un tributo, como el cumplimiento de las formas en la producción legislativa, son ejemplos de aspectos centrales del buen funcionamiento de las instituciones públicas, que hacen a su calidad y generan seguridad en la comunidad, quien ejerce sus garantías legales vía el correcto y constitucional funcionamiento de las propias instituciones”, señaló el concejal Bolatti, al valorar los fallos preexistentes y esta medida judicial.