El Ministerio de Producción, a través de las Direcciones de Bosques y de Fauna y Áreas Naturales Protegidas de la Subsecretaría de Recursos Naturales, realizó durante el fin de semana pasado tareas de inspección en el predio del Parque Impenetrable, en el marco del nuevo escenario que se presenta a partir de la sentencia del juez que resolvió suspender la expropiación del inmueble, pero que al mismo tiempo ratifica el amparo por el cual el Estado está obligado a fiscalizar los recursos naturales, -cuestión que debe ser resuelta en instancias judiciales-.
A partir de la comunicación oficial de la decisión judicial, la Subsecretaría envió rápidamente los inspectores oficiales de Bosques y de Fauna, realizando diferentes operativos en el perímetro del predio. Los mismos observaron que existen partes de la propiedad que se encuentran delimitadas por alambrado y otras que no.
Los inspectores se encontraron además en el ingreso al lugar con cartelería con las leyendas «prohibido pasar» y «propiedad privada». Debido a esta situación, el personal estatal permaneció en las afueras del área protegida y acampó en el Paraje “La Armonía”.
Consultado sobre el tema, el subsecretario de Recursos Naturales Luciano Olivares, señaló que corresponde al gobierno la gestión y fiscalización de los bosques, la fauna y las áreas naturales protegidas. “En este caso específico, independientemente del curso de la expropiación o de esta última decisión judicial que suspende el trámite, La Fidelidad se encuentra en un área protegida en los términos de la Ley N° 4.358 Sistema Provincial de Áreas Protegidas y como zona roja de alto grado de conservación en el marco de la Ley N° 6.409 de Ordenamiento Territorial Provincial de los Bosques», explicó.
El funcionario agregó que como cualquier área de la provincia, la Subsecretaría a su cargo “debe y tiene el deber de fiscalizar el inmueble, y mucho más si se trata de la zona de mayor grado de protección por el ordenamiento territorial de nuestra provincia”.
Ante la primera visita al predio, Olivares detalló: “Nos encontramos con un inmueble que tiene 150 mil hectáreas, con un límite interprovincial con Formosa. Es imposible fiscalizar y controlar desde el perímetro en forma esporádica y solo algunos días de la semana”. En tanto, indicó que “la normativa nos exige garantizar que no existan cortes ilegales de madera como así también evitar la caza furtiva; y en estas condiciones, y sin poder ingresar al predio, no podemos dar garantías de poder hacer nuestro trabajo”.
El subsecretario remarcó que «seguramente desde el Estado se planteará esta cuestión en las instancias judiciales que correspondan para seguir avanzando en el resguardo de los recursos naturales del área protegida, entendiendo que es fundamental la fiscalización de los recursos naturales».
Gran valor de conservación
El Parque Impenetrable es una estancia que cuenta con 137.218 hectáreas catastrales (1.372 kilómetros cuadrados). El río Teuco atraviesa el predio y existe un límite interjurisdiccional con la provincia de Formosa de 49 kilómetros.
La propiedad, en su conjunto, esta? cubierto por 122.708 hectáreas de bosques nativos, es decir, casi el 100% de su superficie catastral. Entre ellos se encuentra uno de los pocos algarrobales puros de la provincia del Chaco, insumo necesario y altamente requerido por las industrias del aserrado y del mueble, ubicadas, entre otras ciudades, en las localidades de Castelli, Tres Isletas, Sáenz Peña, Machagai, Quitilipi y Presidencia de la Plaza.
A su vez, esos bosques albergan especies de la fauna silvestre, algunas de un alto grado de protección por encontrarse con peligro de extinción.
Otro punto a destacar, es el gran valor desde el punto de vista de la biodiversidad: En el lugar se concentran diferentes componentes genéticos del sistema natural, propio del ecosistema chaqueño, que pueden ser utilizados como elementos necesarios para productos e insumos para el hombre.
Es necesario recordar que el Parque Impenetrable fue declarado por la ley Provincial N° 6.928 de interés público, y por lo tanto sujeto a expropiación. Seguidamente, por la Ley N° 6.933 se declaró como reserva en los términos de la Ley N° 4358 que regula el Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas.
También por Ley N° 7.238 y en el marco de las facultades conferidas por la normativa N° 6.409 -de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos- se declaró a la propiedad como parte de la Zona I de Conservación (Categoría roja).
Esto implica que la clasificación estratégica de sus bosques por el gran valor de conservación, al cual debe ser destinado su uso, evitando todo tipo de actividad productiva, de degradación y depredación de los mismos y que se garantice su perdurabilidad.