A partir de la denuncia formulada por del dirigente radical Javier Dumrauf, el fiscal federal de Primera Instancia, Sebastián Patricio Nicolás Sabadini, formuló requerimiento de instrucción formal por el cual imputaría prima facie al pastor Jorge Ledesma y contra toda otra persona que pueda sospecharse su intervención en el autoculto celebrado el domingo pasado en el Día del Pentecostés.
En el requerimiento, el fiscal solicita se ajuste a lo normado por los artículos 180, 188 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación; al tiempo que solicita oportunamente se cite al pastor fundador de Iglesia Cristiana Internacional en Chaco a designar defensor, prestar declaración indagatoria y ejercer su derecho de defensa.
La presentación se efectivizó ante el Juzgado federal 1, a cargo de Zunilda Niremperger, a partir de la denuncia realizada por el exdelegado del INADI, Javier Dumrauf, en la que se expone a Ledesma por realizar un acto religioso de concurrencia masiva y en la que deja constancia que “el evento se hizo en una clara contradicción con los Decretos que establecen el aislamiento social, preventivo y obligatorio para evitar la propagación del coronavirus en la provincia”.
Ahora, el Ministerio Público considera “prima facie” que la supuesta conducta ilícita en que incurriera la persona imputada, guarda adecuación típica con la figura “Violación de medidas para impedir una epidemia”, sin perjuicio de que en el curso de la presente investigación se determine conculcada alguna otra norma sustantiva.
Dentro de los “Delitos contra la seguridad pública” (Titulo VII), el artículo 205 del Código Penal establece: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.
Como se sabe, el domingo 31 de mayo, las imágenes del evento de autoculto recorrieron las redes sociales. En videos y fotos se observaron a cientos de personas que concurrieron en sus vehículos particulares, tanto autos como motos, a un predio ubicado en avenida Lynch Arribálzaga al 2.000 de Resistencia.
Los argumentos del pastor
En diálogo con Radio LT7 de Corrientes, el pastor evangélico Jorge Ledesma, explicó cómo fue la celebración del auto – culto que se realizó en Resistencia y le valió una denuncia penal por violar la cuarentena. Al ser consultado sobre la cantidad de gente y el espacio utilizado, Ledesma dijo que el encuentro se realizó en un lugar «de dos hectáreas donde se está edificando un templo”. “Allí quedan disponibles 20 mil metros cuadrados de tierra. Esto se dividió en tres grupos de 100 sillas en cada uno», detalló.
«El auto-culto no necesitaba autorización porque ya lo habíamos hecho, ya que existe una Ordenanza que lo permite. La autorización fue para colocar sillas», insistió.
Y concluyó: «Quienes autorizaron esto están conformes con lo que se hizo, la movilización llegó a través de la opinión pública porque hay mucho temor, pero la verdad es que no transgredimos nada».
Las posiciones del municipio y la provincia
La Ordenanza 13275 del municipio de Resistencia, firmada el 12 de mayo pasado, habilitó la realización de eventos mediante la modalidad Auto-Eventos.
La normativa permite esta actividad con fines culturales, religiosos, etc, al aire libre y en lugares que permitan el estacionamiento de vehículos para la asistencia del público sin necesidad de circular ni salir del automóvil. Además, aclara que los estacionamientos deben estar habilitados previamente por el municipio.
El lunes pasado, el presidente del Concejo municipal, Agustín Romero Agustín Romero señaló que el autoculto que llevó adelante el pastor Jorge Ledesma el domingo 31 de mayo, “no contaba con la autorización de la municipalidad de Resistencia» y que su realización «fue muy irresponsable y no debe volver a suceder».
En declaraciones a Radio Provincia, el legislador municipal aseguró que el autoculto del Pastor Ledesma «no estaba autorizado» por el Municipio y que los dichos del Pastor que hablaba de una autorización «son falsos».
Además, dijo: «Había una Ordenanza municipal que autorizaba la realización de autoeventos audiovisuales, culturales y religiosos, era en el marco de la fase 4 de la cuarentena y no para la fase 3 en la que estamos ahora».
Por su parte, el ministro de Gobierno, Juan Manuel Chapo negó que la actividad religiosa haya contado con el aval del Ejecutivo provincial; al tiempo que cuestionó uno de los argumentos expuestos por el presidente del Concejo municipal de Resistencia, Agustín Romero quien sostuvo que la norma sancionada por el cuerpo parlamentario comunal se produjo cuando la ciudad estaba en Fase 4.
«Yo fui concejal durante cuatro años y puedo dar fe que una Ordenanza se deroga con otra», planteó. Y añadió: «Nosotros propusimos desde el primer momento la suspensión de los oficios religiosos, por lo que cualquier cuestión que implique no acatar esos Decretos es responsabilidad de los Municipios, que adoptan criterios distintos».
Fuente: (Agencia FOCO)