PRONÓSTICO EXTENDIDO

Habilitan desde la semana próxima boliches y recitales en Corrientes

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La Municipalidad de Corrientes amplia las medidas que rigen en la ciudad por la pandemia, habilitando la realización de espectáculos, recitales y recepciones. Todas estas medidas serán cumpliendo los protocolos establecidos y con previa autorización municipal. Así lo confirmó Juan Esteban Maldonado Yonna, Secretario de Desarrollo Económico

Los comercios y organizadores de eventos deberán presentar declaración jurada, y el croquis del lugar a realizar las actividades, previamente a la subsecretaría de Comercio municipal para su aprobación.

Se extiende el horario de cierre permitido hasta las 4 de la mañana. Estas medidas comienzan a regir desde el viernes 24 de septiembre. En los lugares se solicitará carnet de vacunación en formato físico o desde la aplicación Mi Argentina.

“Decidimos permitir mas actividades teniendo en cuenta esta fase 5, y entendiendo que estamos en condiciones con todos los cuidados de permitir la realización de eventos y espectáculos”, aclaró el secretario de Desarrollo Económico Juan Maldonado Yonna.

Cafés, bares, restaurantes y salones de eventos

• Actividad permitida con 70% de aforo.

• Los establecimientos deberán presentar en carácter de declaración jurada ante la Subsecretaria de Comercio el croquis de los espacios destinados a clientes/asistentes a los fines de determinar el factor ocupacional con aforo permitido. Quedando excluido a tal fin los espacios destinados a estacionamientos, baños, cocinas, depósitos, etc.

• Al ingreso de los clientes/asistentes a los establecimientos se deberá exhibir carnet de vacunación en físico o en aplicación de Mi Argentina.

• Para los espectáculos en establecimientos es requisito contar con permiso emitido por ACOR.

• Horario de cierre máximo: 4 am.

Espectáculos

• Se permiten actividades para observar -de pie- espectáculos, recitales, recepciones, actividades deportivas, etc., con aforo del 50%. Estadios cubiertos y al aire libre, graderías y tribunas.

• Los establecimientos deberán presentar en carácter de declaración jurada ante la Subsecretaria de Comercio el croquis de los espacios destinados a clientes/asistentes a los fines de determinar el factor ocupacional con aforo permitido. Quedando excluido a tal fin los espacios destinados a estacionamientos, baños, cocinas, depósitos, etc.

• Al ingreso de los clientes/asistentes a los espectáculos se deberá exhibir carnet de vacunación en físico o en aplicación de Mi Argentina .

• Para los espectáculos es requisito contar con permiso emitido por ACOR.

• Horario de cierre máximo: 4 am.

Fuente: Radio Dos