La Justicia en lo civil y comercial, nuevamente dispuso hacer lugar a una medida cautelar innóvativa y que ordena esta vez al Tribunal Electoral Provincial que se abstenga de aplicar el voto electrónico en las localidades de Corzuela, Gancedo, Samuhú y San Bernardo.
Según la resolución dispuesta por el Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de la ciudad de Resistencia, los intendentes d dichas localidades estarán autorizados a utilizar el voto con boleta papel en la totalidad de las mesas durante las elecciones del 10 de noviembre, y en una eventual segunda vuelta el 1 de diciembre de 2019.