Una por una, las nuevas disposiciones que rigen en el Chaco.
El Gobierno provincial confirmó oficialmente que este sábado 22 de agosto comenzará a regir la fase 3 del Plan de Desescalada de la cuarentena por la pandemia de coronavirus en el Chaco, en base al Decreto 843/20, a través del cual se prevé la habilitación de nuevas actividades, tanto de rubros económicos y comerciales, como de deportes y salidas recreativas.
Qué actividades se habilitan este sábado
De acuerdo al Anexo IV del decreto 843/20, las actividades que se permiten desde este sábado sería las siguientes:
– Salidas de paseo recreativas:
Se habilitan solo para personas entre 15 a 60 años de edad que no integren grupos de riesgo, y se establecerán para su habilitación y desarrollo franjas horarias y ámbitos autorizados por cada Municipio de acuerdo a la evolución de casos activos.
A tal efecto, se podrá habilitar parques, plazas, y paseos verdes recreativos, entre otros espacios para esparcimiento, por horarios y por localidad.
– Salidas de niñas, niños y adolescentes:
Se habilitan con acompañamiento permanente de un adulto las salidas de niñas niños y adolescentes menores de 15 años en el horario: de 16 a 19.
– Salidas de adultos mayores de 60 años o pertenecientes a grupos de riesgo:
Se permitirán en horarios de 8 a 18 los días lunes, miércoles, viernes, fines de semana y feriados.
– Actividades físicas o deportivas:
Habilitadas para entrenamiento de carácter individual, en espacios al aire libre. Se permitirán todos los días, hasta las 20.
Los materiales y/o elementos a utilizar para entrenamiento deben ser de uso individual o único programándose turnos de entrenamiento.
Se permitirá el desarrollo de deportes o actividades físicas grupales que no impliquen concentración de personas y/o contacto físico en su desarrollo tanto en espacios cerrados cubiertos como al aire libre hasta las 20.
Los elementos de entrenamiento deben ser de uso individual, manteniendo el distanciamiento social.
– Gimnasios:
Se habilitará la apertura en el horario de 8 a 21. Requerirán protocolos aprobados por la autoridad municipal.
– Centros terapéuticos:
Se mantendrá la habilitación de atención mediante sistema de turnos reducidos, a efectos de garantizar las medidas de bioseguridad y distanciamiento social.
Bajo prescripción médica, con protocolos y de acuerdo a lo que determinen los profesionales tratantes, podrá habilitarse la atención y realización de actividades con pacientes de grupos de riesgo, debiendo a tal fin asignarse turnos especiales e individuales, asignándose auxiliares, acompañantes y elementos de uso exclusivo para el paciente.
– Trabajadoras y Trabajadores de casas particulares:
Habilitados de lunes a sábado con traslado permitido entre las 8 y las 20.
– Reuniones, eventos sociales, celebraciones públicas y/o privadas de cualquier índole, incluyendo las de carácter familiar:
No se permiten en espacios cerrados ni en domicilio de las personas, cualquiera sea el número de asistentes, salvo grupo conviviente, conforme decreto DNU 677/20.
Sólo estará permitido al aire libre, hasta las 20.
– Iglesias, cultos y salones de ejercicio espiritual:
Se mantiene la habilitación de celebraciones y eventos religiosos en horario de 8 a 20. Se requerirá aplicación de protocolos especiales que aseguren el distanciamiento dentro de los lugares entre personas de 2 metros y con asignación de turnos. No podrá extenderse durante más de 2 horas. La cantidad de asistentes dependerá de la superficie de cada sala.
– Servicios Fúnebres:
Se permiten por un período máximo de hasta 4 horas con capacidad de ocupación reducida al 50 % los espacios destinados a tal fin y bajo protocolos de bioseguridad. Se prohíbe el contacto físico entre asistentes debiendo respetarse las medidas de distanciamiento social.
– Actividades Turísticas o vinculadas al turismo:
Los prestadores tienen permitidas sus actividades para la comunidad local, para grupos reducidos y de convivientes, y con turnos.
a. Apertura de agencias de turismo para venta y reservas, de 8 a 20.
b. Establecimientos rurales o de turismo rural y actividades de turismo en general: se permitirán con asignación de turnos, sin restricción de días y horarios.
c. Se permitirán actividades turísticas en grupos limitados conforme cantidad de asientos o butacas en los medios de transporte a utilizar para el traslado de los grupos, con utilización del sistema de turnos.
– Pesca deportiva, de costa y de embarcación menor:
Se permitirán diariamente. Las personas deberán contar con permiso de circulación. La autoridad municipal podrá articular y regular los procedimientos, mecanismos y condiciones para el desarrollo de esta actividad, desalentando la permanencia y/o concurrencia masiva o aglomeramiento de personas, contando con la asistencia de las fuerzas de seguridad, guardias urbanas e inspectores municipales afectados a tales fines.
– Locales y establecimientos comerciales:
Se mantienen las habilitaciones, actividades y horarios establecidos en la fase anterior. De 8 a 9, para grupos de riesgo. De 10 a 20, para menores de 60 años y que no tengan factores de riesgo, con asignación de turnos.
– Galerías Comerciales:
Se mantienen las habilitaciones, actividades, horarios, modalidades y restricciones establecidas en la fase anterior. De lunes a sábado, de 8 a 20. Se prohíbe el funcionamiento de espacios para cines, salones de eventos, peloteros infantiles, y/o salones de juegos.
– Fletes, taxifletes y servicios de mudanzas:
Se mantienen actividades y horarios. Se permitirán traslados entre las distintas localidades de la Provincia. Las autoridades podrán restringir temporalmente, el ingreso o traslado de vehículos y/o bienes provenientes de zonas críticas.
– Peluquerías, barberías y afines:
Con sistema de turnos, de 8 a 20.
– Servicios y actividades profesionales liberales:
Se mantienen las habilitaciones con sistema de turnos de 8 hasta 20.
– Obras de construcción privada:
Se permitirá el inicio de nuevas obras y reinicio de las que se encontraban con estado de avance menor al establecido en la fase 2 con la conformidad de las autoridades locales. Se deberá respetar el protocolo establecido por Uocra, entidades que nuclean las empresas del rubro o constructores y la autoridad sanitaria provincial.
– Oficios y emprendimientos independientes o familiares (lavaderos, ladrilleras, albañilería y pinturerías, corralones) relacionados con obras de construcción:
Habilitados de lunes a sábado desde las 8 hs hasta 20 hs con asignación de turnos.
– Hoteles, moteles, alojamientos, residenciales:
Se mantienen las habilitaciones establecidas en la fase anterior. Se permitirá a cualquier residente, hasta un 50% de la capacidad. No se permitirá el uso de espacios comunes.
– Gastronomía, restaurantes, bares:
Se permitirá la permanencia de personas, en grupos reducidos de hasta 10 integrantes de convivientes en los salones, adicionándose al sector al aire libre. De 6 a 1, con utilización de sistema de turnos.
– Administración Pública
Los trabajadores y trabajadoras mayores de 60 años o pertenecientes a grupos de riesgo estarán licenciados considerándose la licencia como dispensa de asistir presencialmente a sus lugares de trabajo pudiendo desarrollar tareas a distancia a través de teletrabajo o aquellas que determine la respectiva autoridad jurisdiccional en su defecto.
Cada jurisdicción deberá incorporar obligatoriamente turnos alternativos, reducidos o rotativos de jornada laboral y de agentes. Asimismo deberán incorporarse modalidades de trabajo remoto. El total de agentes por jurisdicción y turnos deberá garantizar las medidas de distanciamiento conforme la superficie de cada dependencia, pudiendo la respectiva autoridad jurisdiccional establecer los parámetros a fin de hacer efectiva la presente disposición y la prestación del servicio correspondiente.