PRONÓSTICO EXTENDIDO

La justicia provincial rechazo el pedido de cambio de competencia en la causa por Lavado I

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La decisión del juez Héctor Sandoval quedó plasmada en la resolución 70/18 del miércoles 2 de mayo en la cual, además, dejó planteado que “para el caso de no compartir la postura expuesta, la cuestión de competencia entre los fueros federal y provincial en relación a los delitos precedentes del de lavado de activos que se investiga» en la Justicia Federal, la dirime la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Entre los motivos del rechazo, Sandoval señaló que la jueza Zunilda Niremperger y el fiscal federal Patricio Sabadini evidenciaron “un apartamiento de la ley fundamental de la coherencia por falta de concordancia en el tratamiento de la cuestión, asumiéndose posturas contrastantes y contradictorias al mismo tiempo”.

En ese sentido, el juez recordó que la investigación en el fuero provincial comenzó a partir de una presentación formal efectuada por el fiscal federal, ante el Procurador General de la provincia, el 13 de marzo “por la que comunicó la posible existencia de delitos de competencia provincial en el marco de la investigación por lavado de activos iniciadas en el fuero federal”.







Posteriormente, “razón por la que nos encontramos hoy ante esta situación, reclama nuevamente la competencia del fuero federal por esos mismos hechos que declinó al fuero provincial, sin motivos suficientes que expliquen ese drástico cambio de postura”.

Sandoval resaltó que en un primer momento hubo un “reconocimiento expreso” de la competencia provincial exclusiva para los delitos precedentes al de lavado de activos que se comenzó a investigar en el fuero federal. A lo que se sumó “la declaración expresa de incompetencia del fuero federal para entender en esos delitos al solicitarle al fuero provincial que los investigue”.

“La competencia federal es ante todo de raíz constitucional; pero además que es excepcional, expresa y de interpretación restrictiva”, sostuvo Sandoval, quien recordó lo dicho por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en cuanto a que: “nada obsta a que los jueces provinciales se expidan si la materia es de naturaleza federal (o no), ya que todos los jueces, de cualquier jerarquía y fuero, pueden y deben, por expreso mandato de la Constitución Nacional, interpretar la Constitución y las leyes de la Nación en las causas cuyo conocimiento les corresponda”.







El magistrado señaló, en coincidencia con doctrina de la Corte Suprema, que: “la presunta conexidad que pudiera existir entre delitos de índole común y federal no basta para acordar la intervención de la justicia federal respecto de los delitos que, por la materia o por las personas, son ajenos a su competencia específica”.