La Sala Segunda en lo Criminal y Correccional del STJ, integrada por María Valle y Rolando Toledo, concedió el recurso de Casación que los abogados de Eliana Tapia presentaron tras la condena que obtuvo Raúl Sebastiani, por violencia de género contra su pareja.
De esta manera, la condena queda en suspenso y debe ser revisada. Además, apartaron a la jueza Lidia Lezcano de Urturi, responsable de la primera sentencia.
Roberto Sotelo, representante de la víctima, aclaró que la decisión de los magistrados “nulifica el tiempo de la pena y el modo de ejecución”.
Explicó además que la jueza Lidia Lezcano de Urturi fue apartada del caso y quedó dispuesto “que la Cámara del Crimen N° 2 fije una nueva audiencia para producir nuevos alegatos que generen una nueva pena.
También se nulifica la imposición a la víctima del tratamiento psicológico y los fundamentos sientan un precedente muy objetivo respecto a los casos de violencia de género».
Ahora, la defensa de Sebastiani tendrá la oportunidad de revisar esta nueva medida, y podría elevar el caso a nivel nacional. Si no lo hiciera, la decisión del STJ quedará firme y “ya se va directamente al debate”.
EL FALLO DE LEZCANO DE URTURI
En su sentencia, Lidia Lezcano de Urturi condenó a Raúl Sebastiani “como autor penalmente responsable de privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometida con violencia, por lesiones leves agravadas por ser cometidas contra quien mantenía una relación de pareja”.
En el mismo especificó que se trataba de dos hechos, el primero, “ocurrido el 25 de agosto de 2015, en perjuicio de Eliana Soledad Tapia”.
Y el segundo, “hecho fijado el 31 de agosto de 2015 en perjuicio, en ese caso, de la seguridad pública”, detalló la jueza durante la lectura y explicó que “a Sebastiani se le secuestraron dos armas, de las cuales una no estaba autorizado a tener”.
Por estos hechos impuso la pena de “3 años de prisión en suspenso”. Fijó además pautas de conducta, entre las cuales habló de la “prohibición de acercamiento a Eliana Tapia y a su grupo familiar”, y de abstención de “ejercer cualquier acto de violencia o intimidación directa o indirecta hacia Tapia y su familia”.
Además ordenó al agresor que realice “tratamiento psicológico psiquiátrico para internalizar la dimensión de los actos”.