PRONÓSTICO EXTENDIDO

Rige la vida electoral en todo el Chaco

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Están prohibidos los actos y las comunicaciones proselitistas. La prohibición no alcanza a las redes sociales.

El domingo, los chaqueños eligen entre 10 listas para definir quién será su próximo gobernador y vice, 16 diputados provinciales e intendentes y concejales en 60 municipios.



Terminó la campaña electoral chaqueña y desde las 8 de este viernes comenzó a regir la veda de cara a las elecciones Generales legislativas del domingo. Son 941.935 las personas habilitadas para votar el domingo en más de tres mil mesas ubicadas en escuelas de toda la provincia.

¿Qué está prohibido y qué no? La veda electoral alcanza a todo tipo de declaración de propaganda política de los candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, como la difusión de encuestas y sondeos preelectorales. Sin embargo, la prohibición de la propaganda no alcanza a las redes sociales, como Twitter y Facebook.

Según el Nuevo Régimen Electoral Provincial (Ley 4169), están prohibidas las reuniones de electores o depósito de armas durante las horas en que transcurra la elección (de 8 a 18) a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de 80 metros alrededor de la mesa receptora. Si la finca fuese tomada a viva fuerza deberá darse aviso inmediato a la autoridad policial.



También quedan prohibidos los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas y todas clases de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral durante el desarrollo y pasadas tres horas de ser clausurado.

Estará prohibida también la venta de bebidas alcohólicas 12 horas antes del comicio y  hasta tres horas después de la elección. Es decir que entre las 20 del sábado y las 21 del domingo, los comercios chaqueños no se podrá expender alcohol.

Tampoco se podrá ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio en un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos.

Los electores no podrán exhibir banderas o realizar propaganda política doce horas antes y una después de las elecciones. Serán demoradas las personas que por cualquier medio no dejen que los comicios se desarrollen con normalidad. También las personas que porten cualquier tipo de armas.

También está prohibido la apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos.

Además, la ley establece que el Tribunal Electoral o cualquiera de sus miembros podrá disponer del cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción.

Tampoco se deberán instalar mesas receptoras a menos de 80 metros de la sede en que se encuentre el domicilio legal de los partidos provinciales o municipales.