PRONÓSTICO EXTENDIDO

Solicitan la detención del Intendente de J.J. Castelli «Beto» Nievas en megacausa por lavado de activos

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En el marco de la causa Lavado III, el fiscal federal Patricio Sabadini, pidió a la jueza federal Zunilda Niremperger la inmediata detención del intendente de Juan José Castelli, Oscar Alberto Nievas y de Alejandra y Silvia Hipperdinger, hijas del empresario José Hipperdinger que también se encuentra detenido.







De esta manera, Sabadini amplió el requerimiento de instrucción de la causa conocida como Lavado III en la que se investiga el posible desvío de fondos enviados para la construcción de viviendas sociales.

En este sentido, asegura –el fiscal federal- “entiendo que la conducta desplegada por el imputado Oscar Alberto Nievas revisten adecuación en el tipo penal de lavado de activos”. Asimismo, se pide detener a Alejandra y Silvia Natalia Hipperdinger, hijas del ya detenido José Hipperdinger.

La requisitoria fiscal señala que «en el municipio de Juan José Castelli, se habría replicado el mismo esquema ilícito que utilizó Lorenzo Heffner en Villa Río Bermejito», en cuanto al irregular manejo de fondos públicos que deberían haberse utilizado para la construcción de viviendas. 

LA ACUSACIÓN

El fiscal de la causa considera que con el avance de la investigación, “se han logrado recolectar dirimentes elementos de convicción” y detalla el modus operandi que se habría iniciado en Bermejito con la conformación de una Federación de Cooperativas que se encargaba de administrar (de manera irregular) los fondos públicos para la construcción de viviendas.







“La creación de la Federación de Cooperativas del Impenetrable Chaqueño habría permitido la expansión territorial de este raid delictivo, inicialmente planteado para el Municipio de villa Rio Bermejito, replicándose el esquema ilícito la Municipalidad de Juan José Castelli, – entre otras localidades de la Provincia del Chaco”, dice el fiscal Sabadini.

Puntualmente, indica el escrito que el Municipio conducido por Oscar Nievas “celebró 16 acuerdos con la Nación, los cuales contemplaron la realización de 661 viviendas. Conforme surge del informe elevado por la Municipalidad de Juan José Castelli, el propio intendente informó que la totalidad de las obras convenidas por dicho ente municipal fueron asignadas a la Federación de Cooperativas del Impenetrable Chaqueño LTDA”.

Sin embargo, tras un minucioso y detallado análisis de la documentación lograda por la fiscalía federal, se llega a la conclusión de que “el avance de obra consignado no fue proporcional a la aplicación de los fondos transferidos para la construcción de las viviendas objeto del acuerdo”.

“El denominador común se encuentra en la atribución del dominio funcional de la Federación de Cooperativas a los Señores José Héctor y a Héctor Adrián Hipperdinger- apoderado de la misma-, siendo su contraparte contractual, en este caso, el Sr. Oscar Alberto Nievas” indica la requisitoria fiscal.

En este mismo escrito, se menciona que Nievas “en ejercicio de funciones jerárquicas como intendente del Municipio de Juan José Castelli, detentaba -durante el periodo investigado y hasta la actualidad-, el poder de decisión sobre las contrataciones que aquí se ventilan, como así la elección discrecional de los beneficiarios y la eventual flexibilización de controles respecto del desarrollo de las obras”.

LAS EMPRESAS DE HIPPERDINGER

La acusación cuenta con numeroso material probatorio, aseguraron desde la fiscalía federal y expusieron que “los elementos de prueba colectados permiten tener por acreditado la actuación de la Federación de Cooperativas del Impenetrable Chaqueño en la localidad de Juan José Castelli donde se habría replicado el esquema ilícito perfeccionado en Villa Río Bermejito”.

Continuando con el presunto modus operandi, se acusa que “la Federación de Cooperativas no tuvo la capacidad operativa suficiente para hacer frente al volumen de obras asignadas, las cuales fueron ejecutadas por las empresas constructoras particulares de José Hipperdinger y Lorenzo Heffner-, previa cesión de derechos y acciones- advirtiéndose inclusive supuestos de subcontratación a terceros ajenos por importes menores que los destinados a tal efecto”.