A través del Decreto 475, el Ejecutivo amplió las exenciones al gravamen sobre débitos y créditos bancarios para el ecosistema fintech, plataformas cripto y transportadoras de caudales. La oposición y los sectores productivos critican el contraste con el sector tradicional.
El Gobierno nacional introdujo una modificación de alto impacto en el esquema tributario argentino al ampliar las exenciones del impuesto a los débitos y créditos bancarios, popularmente conocido como impuesto al cheque, hacia sectores estratégicos de las finanzas digitales y la logística de efectivo.
A través del Decreto 475 publicado en el Boletín Oficial, la administración de Javier Milei justificó la medida bajo la premisa de adecuar la normativa vigente a los avances tecnológicos y promover la desregulación financiera, beneficiando de forma directa a billeteras virtuales, proveedores de activos virtuales y empresas de transporte de caudales.
La normativa impacta de lleno en los principales actores del ecosistema fintech, entre ellos Mercado Pago, la firma del grupo Mercado Libre, que califica para el beneficio al estar inscripta ante la Comisión Nacional de Valores (CNV) como Agente de Liquidación y Compensación (Alyc) bajo la denominación de Mercado Pago Asset Management SA.
La exención rige específicamente para aquellas cuentas bancarias utilizadas con exclusividad por empresas dedicadas a los servicios electrónicos de pagos y cobranzas por cuenta de terceros, lo que representa un alivio de costos sustancial para un holding tecnológico que ya cuenta con regímenes fiscales promocionales vigentes.
El sector de las criptomonedas es otro de los grandes ganadores de la reforma. El decreto incorpora un beneficio fiscal explícito para las cuentas corrientes operadas por los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), con la condición de que se encuentren debidamente inscriptos en el registro de la CNV y ante la Agencia de Regulación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP).
Este cambio normativo revierte las disposiciones del Decreto 796 de 2021, que había gravado con el tratamiento general de la alícuota a las transacciones con criptoactivos. Asimismo, la medida alcanza a las empresas emisoras de tarjetas de crédito y débito para los movimientos vinculados a financiamiento y obligaciones negociables, y a las transportadoras de caudales reguladas por el Banco Central en sus cuentas destinadas a la rendición de fondos recaudados.
La publicación del decreto reavivó una fuerte polémica política y económica debido al marcado contraste con el tratamiento fiscal que reciben los sectores productivos tradicionales.
Analistas del mercado y referentes de la oposición, como el especialista tributario Guillermo Michel y el exlegislador Alejandro «Topo» Rodríguez, calificaron la medida como una concesión de privilegio hacia corporaciones con alta capacidad de lobby.
Cuestionaron que mientras las grandes plataformas digitales y las firmas cripto son eximidas, las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes), los pequeños comerciantes, productores agropecuarios y profesionales independientes continúan soportando el impacto del gravamen, que alcanza una alícuota general de hasta el 1,2% por el circuito completo de débito y crédito.
Este malestar en el entramado Pyme se profundiza tras la reciente marcha atrás de la CNV con la Resolución General 1139. Dicha norma permitía originalmente a las empresas endosar cheques físicos y electrónicos de forma ilimitada hacia cuentas comitentes de sociedades de bolsa, abriendo un canal legal para eludir el costo del impuesto al cheque en la caja diaria.
Sin embargo, apenas una semana después de su implementación, el propio organismo regulador repuso el límite de solo dos pagos diarios por cliente alegando razones de trazabilidad, cerrando así una ventana de alivio financiero que el sector comercial consideraba vital para su subsistencia y competitividad.
