Si la compra se realiza con un operador de turismo que no necesita acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para vender un pasaje, entonces no se pagará el gravamen. La reglamentación será clave.
No todos los pasajes estarán alcanzados por el recargo a las operaciones con moneda extranjera. Si la compra se realiza con un operador de turismo que no necesita acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para vender un pasaje, entonces no se pagará el impuesto del 30 por ciento, según los cambios que se consensuaron durante las votaciones en particular del proyecto de ley de emergencia. Esto favorecería a las empresas radicadas en el país, como Aerolíneas Argentinas y Buquebus. Economistas del oficialismo reconocen que todos las operadoras de turismo tienen costos en dólares, pero desde la línea de bandera sostienen que, pese a ser así, su facturación es en pesos. El interrogante pasa por saber si cuando se reglamente la norma, el impuesto estará orientado a los viajes al exterior o sobre la venta en dólares.
Fue una sesión maratónica donde se votó un conjunto de medidas cuya letra chica se irá conociendo en los próximos días, de acuerdo a cómo se vaya reglamentando cada una de las normas. En algunos artículos hubo cambios que respondieron a negociaciones, adaptaciones y aclaraciones. En el caso del denominado dólar-turista se reunieron las tres condiciones. El primer cambio, que salió de la discusión en comisión y tuvo carácter aclaratorio para evitar avivadas.
En un agregado sobre el capítulo 40 se establece que la vigencia del impuesto del 30 por ciento «será de aplicación a las operaciones, liquidaciones y pagos efectuados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, con exclusión de las transacciones efectuadas con anterioridad a dicha fecha». Esto deja sin efecto toda compra que se haya realizado esta semana. Se estima que el paquete sería promulgado este fin de semana. El cambio que se realizó en la mañana de este viernes fue un guiño hacia las empresas de turismo.
La redacción original detallaba que el impuesto recaería sobre La adquisición de servicios a través de agencias de viajes y turismo del país y de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país. Esto implicaba que los pasajes, pese que se cotizaran en pesos y se encargaran a aerolíneas instaladas en el país serían alcanzados por el impuesto. “En la votación se exceptuó del nuevo impuesto de 30 por ciento al transporte internacional (aéreo, terrestre y por vía acuática) abonado en pesos y que no tenga impacto cambiario. Gran noticia para Aerolíneas Argentinas y sus clientes que tendrán una ventaja impositiva enorme. Algo es algo”, tuiteó el diputado Luciano Laspina (PRO).
El pedido se había hecho a partir de una comparación, en la cual se mostraba la inconsistencia de pagar un recargo por un pasaje, de Posadas (Misiones) a Encarnación (Paraguay), separados por apenas 30,9 kilómetros de carretera. De esta manera, tampoco estarán alcanzadas las operaciones para viajes a ciudades cercanas en países limítrofes, a las que muchos trabajadores deben trasladarse todos los días para trabajar y cuya compra se realiza en pesos y sin que sean necesarias transacciones cambiarias. De todos modos, la respuesta estará en la reglamentación.
“Todas las operadoras tienen costos en dólares. Lo que puede servir es hacer acuerdos de compensación de balanza de servicios en moneda propia con países del Mercosur. Es decir, que Brasil acepte que el déficit turístico con ellos se salde en pesos para evitar que el impuesto desfavorezca la actividad turística local”, explicó uno de los economistas que asesora al oficialismo. Desde Aerolíneas, aseguraron que no tendría sentido que los alcance el impuesto, porque facturan en pesos. “El combustible puede ser en dólares como cualquier insumo de cualquier empresa. Si comercializan biromes, se tiene plástico importado de insumo, pero se vende en pesos sin pagar nada adicional”, ejemplificaron fuentes de la línea de bandera.