PRONÓSTICO EXTENDIDO

El delito de besar en público | La justicia procesó a la mujer que besó a su esposa en el Subte porteño

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Mariana Gómez, la joven que fue detenida en octubre después de besarse con su esposa antes de entrar el subte, en el domo del Centro de Trasbordo de Constitución, fue procesada por los delitos de “resistencia a la autoridad y lesiones graves”. La resolución judicial fue dictada por la jueza María Fontbona de Pombo, a cargo del juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 45. La magistrada consideró que la intervención policial, que derivó en un violento forcejeo, fue “legítima” ante “la negativa de la muchacha de apagar el cigarrillo que estaba fumando en un ámbito conocidamente prohibido a esos fines” y descartó que hubiese obedecido “a un motivo discriminatorio y/o persecución contra la prevenida por su condición sexual”, como sostiene su defensa. 







El abogado de Gómez, Lisandro Teskiewiks, adelantó a PáginaI12 que en la apelación que presentarán el martes cuestionarán a la jueza por hacer una “selección sesgada de la prueba”, al recortar de las testimoniales y de las pruebas que ellos ofrecieron cuál incorporar y cuál no, “de forma tal de ocultar un acto concreto de discriminación”. La joven y su familia convocaron a organizaciones feministas, de la diversidad y a “cualquier persona que esté cansada de que le avasallen los derechos” a acompañarla a Tribunales, en Lavalle 1172, el martes a las 11. 

“Me molesta que a mí me procesaron en cuatro meses y para procesar a mis violadores demoraron más de tres años”, dijo ayer Gómez a este diario. Se refirió a la causa por la cual finalmente, en juicio abreviado, su padrastro y su abuelastro recibieron de parte del Tribunal Oral en lo Criminal de Azul N° 1 una condena a 8 años de prisión por abusar sexualmente de ella, una hermana y una hermanastra suya desde pequeñas y a lo largo de más de una década. Su esposa, Rocío Girat, también tiene una historia de abusos: su rostro se conoció en los medios cuando decidió denunciar públicamente que, a pesar de la condena a su padre a 14 años de prisión por violarla y golpearla sistemáticamente entre sus 13 y 17 años, un fallo de la Sala 1 de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de Mar del Plata había hecho lugar a un recurso de la defensa y le había otorgado prisión domiciliaria. 

El episodio por el cual Gómez terminó presa varias horas derivó luego en la convocatoria de un “besazo” en protesta por su arbitraria detención. 

Un dato que le llamó la atención a su defensa es que la magistrada firmó el procesamiento el 29 de diciembre, pero ordenó que recién fueran notificados luego de finalizada la feria judicial. Es decir, podrían haber tenido un mes más para analizar la apelación, observó el abogado de Gómez.

La clave de la causa tal vez está en la siguiente pregunta: ¿A quién detuvieron alguna vez por prender un cigarrillo en ese domo del Centro de Transbordo de Constitución, que es solo un techo sin paredes, donde cuando ocurrió el episodio en el que Gómez terminó presa por varias horas –el 2 de octubre por la tarde– no había ningún cartel que advirtiera que estaba prohibido fumar?

“La detienen como reacción discriminadora por haberla visto besarse con su esposa, Rocío Girat”, dice el abogado. 







El auto de procesamiento no pone el eje en ese aspecto. Directamente lo descarta. La jueza Fontbona de Pombo considera que la intervención en el hecho del oficial de la Policía de la Ciudad Jonhatan Maximiliano Rojo fue “legítima” y respondió al pedido de un empleado de Metrovías, ante la negativa de la joven de apagar el cigarrillo “en un ámbito conocidamente prohibido a esos fines”.

Dice que a cuatro o cinco metros de donde estaba, en la zona de molinetes había carteles que indicaban la prohibición de fumar. Y que esa advertencia alcanzaba. “La procesada, como refiere en su indagatoria, no solo se negó a acatar la orden para que dejara de fumar, sino que adoptó una actitud desafiante y agresiva con el empleado de Metrovías que convocó al oficial de policía. Renovó ante la autoridad la misma negativa, alegando con fiereza que no había carteles que indicaran la prohibición de fumar.

Pero aun pasó a incluso a las vías de hecho, lesionándolo (excoriaciones y puntapié en los testículos)”, dice la resolución judicial. Se le imputan “lesiones graves” por haberle arrancado cabello a una agente policial mujer. “La magnitud de su violenta reacción queda en evidencia en la clase de lesión que le provoca deliberadamente a la agente femenina (Karen Roxana) Villarreal (alopecia por arrancamiento de cabellos) ya que en ningún caso se han de atribuir al mero forcejeo”, señala la magistrada.

Otro aspecto que subraya la jueza es que ninguno de los dos testigos aportados por la defensa –un muchacho que pasaba y filmó el episodio, y una joven que frecuenta la zona como integrante de una fundación que trabaja con personas con VIH– dice haber escuchado que a Gómez la policía la trate como “pibe” o como “varón”, como alegaron tanto ella como su esposa, en declaraciones en diferentes medios. 

Un dato curioso: en la cédula judicial de notificación se menciona la carátula de la causa y ahí figura “imputado: Gómez Mariana Solange s/resistencia o desobediencia a funcionario público” y no “imputada”, a pesar de ser mujer.

Para la defensa de Gómez, “no hay resistencia a la autoridad porque la orden es ilegítima”. “El policía Rojas declarara que es habitual que se fume en esa zona, que solo hay carteles en el área de molinetes, y que normalmente cuando se le advierte a la gente de esa prohibición, dejan de fumar o se retiran. Cuando le pregunto si alguna otra vez iniciaron actuaciones por el tema, dice que no.

También reconoce que cuando Mariana se quiso ir, él no la dejó y da un argumento increíble: dice que porque Rocío le había advertido que se estaba poniendo violenta, él no podía dejarla ir por aplicación del protocolo de violencia de género.

Nosotros ofrecimos la testimonial de Rocío y no la citó. La jueza solo incorpora como prueba un fragmento del programa Pamela a la tarde, que conducía Pamela David por América TV, y que ofrecimos como prueba, donde ella dice que le pegó una piña al policía y no todo lo demás que cuenta”, enumera el abogado Teskiewiks los aspectos que cuestionan de la valoración de las pruebas que hace la jueza para fundamentar el procesamiento. El martes, añadió Teskiewiks, apelarán.