El Gobierno oficializó este lunes 29 de mayo el pago de tres bonos de refuerzo para jubilados y pensionados. Los mismos se abonarán en los meses de junio, julio y agosto y habían sido anunciados hace, aproximadamente, por el ministro de Economía, Sergio Massa, y la titular de ANSES, Fernanda Raverta.
La medida se confirmó a través del Decreto 282/2023 que fue publicado en el Boletín Oficial bajo la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Agustín Rossi, y la ministra de Trabajo, Kelly Olmos.
«Otorgase un refuerzo de ingreso previsional por un monto máximo de pesos quince mil ($15.000), pesos diecisiete mil ($17.000) y pesos veinte mil ($ 20.000) que se abonarán en los meses de junio, julio y agosto de 2023, respectivamente», se afirmó en el Artículo 1° del mencionado documento.
Cabe aclarar que los refuerzos mencionados están dirigidos a los jubilados que cobran la mínima, en caso de quienes cobran hasta dos jubilaciones mínimas, el bono no superará los $5000. Además, se aclara que los bonos no integran el haber y tampoco suman al cálculo del pago del medio aguinaldo previsto para el mes de junio.
De esta manera, la jubilación mínima, la cual se ubica actualmente en los $58.665 brutos, se elevará en junio a $73.665 con el pago del refuerzo de $15.000. Además, se suma el aumento del 20,92%, el cual deja el pago mínimo en un total de $70.938, por lo que juntos se genera un ingreso total de $85.938.
En julio se implementará el refuerzo de $17.000, llevando el ingreso total de los jubilados de la mínima a $87.938. Luego, en agosto, con la implementación del último bono, se abonaría la suma total de $90.938.
Por otro lado, para quienes cobren entre uno y dos haberes mínimos el aumento será menor. En concreto, se mantiene sin cambios el bono de $5000 que fue abonado en marzo, abril y mayo. Asimismo, quienes cobran por sobre los $141.874 (dos haberes mínimos) no recibirán ningún refuerzo.
Los bonos de refuerzo están destinados a los titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de ANSES, a los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o hijas, etc. Y para el resto de pensiones no contributivas y pensiones graciables.