El hotel Libertador es donde se encuentra hospedado Javier Milei, desde el 22 de octubre, cuando se realizaron las elecciones generales. No es coincidencia que el lugar que ya había elegido Mauricio Macri para su actividad política sea un hotel que tiene un costo aproximado de 450 dólares por día.
Este alojamiento no solo incluye habitaciones, sino también servicios adicionales como salas de reuniones, un amplio salón, un gran escritorio, piscina y gimnasio compartidos.
Javier Milei, quien acumula un gasto hotelero de aproximadamente 45 mil dólares. Desde el principio, surge la interrogante sobre si el actual presidente está efectivamente pagando por estos servicios o si los disfruta sin incurrir en gastos personales. Como suelen afirmar los liberales y libertarios al hablar de temas como la salud o la educación, nada es realmente gratuito, ya que alguien siempre asume el costo. En este caso, son los ciudadanos argentinos quienes están financiando indirectamente el alojamiento de Milei.
Es importante destacar que este financiamiento no se realiza de manera directa, ya que no hay registros oficiales de los gastos de hospedaje del presidente. En cambio, se lleva a cabo mediante un tipo de trueque, donde cargos y fondos públicos son la contraprestación que el gobierno ha decidido proporcionar para mantener el lujoso estilo de vida del mandatario.
Para entenderlo en detalle, desde 1998 el hotel Libertador es propiedad del Grupo IRSA, una empresa dedicada a operaciones inmobiliarias de alta gama y que ha recibido beneficios significativos del Estado en el pasado.
Eduardo Elsztain, presidente del directorio de IRSA, también lidera el Banco Hipotecario, Cresud y BrasilAgro. En 2017, fue uno de los tres empresarios vinculados al macrismo -junto a Marcos Galperín y Marcelo Mindlín- que figuraban en los Panamá Papers por tener cuentas en paraísos fiscales.
Cresud, de la cual Elsztain posee el 38,7 por ciento, es el principal accionista del hotel con el 56,7 por ciento de las acciones.
Resulta sorprendente que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Ansés), a través del Fondo de Garantía de Sustentabilidad, posea el 5,2 por ciento del hotel Libertador y el 4 por ciento de Cresud.
Las complejas relaciones entre la política y las corporaciones económicas sugerían que el Grupo IRSA obtendría beneficios considerables al proporcionar alojamiento a Javier Milei.
La revocación de la ley de Alquileres, con la consecuente eliminación de límites y cláusulas restrictivas de actualización, limitándola al ámbito de negociación entre privados, se presenta como una fuente de ganancias excepcionales, dado que este grupo empresarial posee el hotel Llao Llao de Bariloche, así como los shoppings Abasto, Alto Palermo, Alto Avellaneda, Dot, Paseo Alcorta y Patio Bullrich, entre otros.
Y en los últimos días apareció otra noticia sugestiva: Nicolás Pakgojz, alto ejecutivo de IRSA, fue designado como titular de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE). Creada durante la segunda presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, la AABE tiene entre sus principales competencias la ejecución de las políticas, normas y procedimientos que rigen la disposición y administración de los bienes inmuebles del estado nacional en uso, concesionados y/o desafectados.
También se encarga de la gestión de la información del Registro Nacional de Bienes Inmuebles del Estado y su evaluación y contralor; la coordinación de las políticas, normas y procedimientos relacionados con los bienes inmuebles del estado nacional; el control permanente de la actividad inmobiliaria estatal y la intervención en toda operación inmobiliaria de la totalidad de las jurisdicciones y entidades que conforman el sector público nacional.
Las funciones de la AABE, en tanto, consisten en proponer las políticas, normas y procedimientos respecto de la utilización y disposición de los bienes inmuebles del estado nacional; coordinar la actividad inmobiliaria del estado nacional, interviniendo en toda medida de gestión que implique la celebración, ya sea a título oneroso o gratuito, de los siguientes actos con relación a inmuebles estatales: adquisición o enajenación; constitución, transferencia, modificación o extinción de otros derechos reales o personales; locación; y asignación o transferencia de uso.