PRONÓSTICO EXTENDIDO

La Cámara Electoral rechazo el planteo de Peppo y la lista de Capitanich es la única que puede llevar a Alberto – CFK en su boleta

Compartir en mis redes:

La Cámara Electoral Nacional confirmó la sentencia en primera instancia, apelada en “materia de agravios” por los apoderados de la Lista Celeste y Blanca “O” Frente de Todos en cuanto a adosar a su boleta la fórmula presidencial Fernández- Fernández.



De esta manera, la lista que encabeza el jefe del PJ chaqueño competirá en las PASO nacionales con boleta “corta”.

La Cámara Nacional Electoral falló y confirmó la sentencia en primera instancia del Juzgado Federal con competencia electoral en Chaco, por lo que la Lista Celeste y Blanca “O” Frente de Todos no podrá adherir a su boleta en las PASO nacionales del próxima 11 de agosto a la fórmula presidencial Alberto Fernández- Cristina Fernández.

De esta manera, la boleta para las categorías de precandidatos a senadores y diputados, que encabezan Domingo Peppo y Gustavo Martínez, no podrá ir adherida a la de precandidatos a presidente y vice, será esta como las denominadas “boletas cortas”.

La CNE ratificó que la lista R “17 de octubre” es la única que llevará la fórmula presidencial

En el fallo, la Cámara Electoral recuerda que “contra la decisión de la señora juez de primera instancia (cf. fs. 206/210) que dispone rechazar las presentaciones de los apoderados de la lista “Celeste y Blanca – letra O’ de ‘Frente de Todos’ – distrito Chaco, en cuanto a adosar a las boletas en las categorías de precandidatos a Senadores y Diputados Nacionales el cuerpo de boletas de precandidatos a Presidente y Vicepresidente de la Nación del ‘Frente de Todos’”, esta fue apelada por los mismos apoderados que fundaron esta medida en “agravios”.



Ratificó, la Cámara Electoral Nacional, lo expresado en el fallo en primera instancia, cuando advirtió que el decreto 443/11 prevé que para las PASO, la unión de las boletas de las listas de precandidatos deberá contar, además, con el consentimiento expreso de los apoderados de las listas y que, “de las constancias obrantes en la causa se desprende que los apoderados de la lista “Celeste y Blanca” –orden nacional- expresamente pusieron de manifiesto que, únicamente, “autorizaban a llevar adheridas a sus boletas de precandidatos a legisladores nacionales en las boletas de precandidatos a Presidente y Vicepresidente de la Nación en Chaco, a la lista 17 de octubre, Letra R.

“En tales condiciones y en tanto la lista “Celeste y Blanca – letra O” no cuenta con el consentimiento de la mencionada lista de precandidatos a Presidente y Vicepresidente de la Nación para confeccionar boletas comunes con la de precandidatos a Senadores y Diputados Nacionales, corresponde concluir que no se encuentran reunidas las condiciones que habilitan a la mencionada lista a confeccionar las boletas en las condiciones pretendidas”.

El fallo completo