PRONÓSTICO EXTENDIDO

¿Cuales son las actividades habilitadas para esta nueva etapa de la cuarentena?

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Las decisiones respecto a la continuidad de la cuarentena obligatoria en todo el país destacaron una división jurisdiccional marcada por la situación epidemiológica en cada territorio, algo que trazó un paralelismo entre las provincias con casos positivos, e incluso entre sus propias localidades, lo cual se ve reflejado en Chaco, donde el 85% del territorio provincial ingresó este lunes a la etapa de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, en tanto que las cuatro ciudades del Gran Resistencia continuarán bajo el Aislamiento Obligatorio. 

Este pasaje de una etapa a otra es una suerte de beneficio devenido en aquellas zonas donde no se registra circulación comunitaria del COVID-19, quienes cuentan con una capacidad suficiente en el sistema sanitario para posibles demandas, y en donde el tiempo de duplicación de casos no es menor a 15 días, lo cual implica la adecuación de un contexto más laxo para actividades económicas, sociales y deportivas. 

Por el momento, según consta en el Artículo 9° del Decreto 520/2020 publicado esta mañana en el Boletín Oficial de la Nación, continuarán prohibidos los eventos públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos o de cualquier otra índole con concurrencia mayor a diez personas; práctica de cualquier deporte donde participen más de diez personas; cines, teatros, clubes y centros culturales; transporte público interurbano, interjurisdiccional, e internacional; y el turismo. 

Por otra parte, se acentuará la prohibición de circulación de las personas por fuera del límite del departamento o partido donde residan.

En caso de que ingresen personas provenientes de otras provincias, gobernadores y gobernadoras se encuentran facultados para establecer el aislamiento preventivo y obligatorio de los arribados durante 14 días. 

Se mantendrán las recomendaciones preventivas para los contactos interpersonales, donde se tendrá que mantener una distancia mínima de dos metros, se continuará con el uso de tapaboca en espacios compartidos, y se recomienda mantener una buena y constante higiene de manos, cubrirse con el pliegue del codo al toser o estornudar, ventilar los ambientes y limpiar las superficies. 

Las actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, podrán realizarse solamente con un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial, tomando como base la utilización de un 50% de la capacidad de las instituciones. A su vez, quedará a criterio evaluativo de los Gobiernos locales el desarrollo de cada actividad, detallándose horarios y días que no pongan en juego la salud ciudadana según el escenario epidemiológico. 

Las actividades deportivas, artísticas y sociales no podrán realizarse superando las diez personas y en correspondencia a las medidas de prevención estipuladas desde un principio. 

En los espacios cerrados (salas de reunión, oficinas, comedores, cocina, vestuarios, etc), la densidad de ocupación debe estar basada en una distancia de una persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable, para lo cual se recomienda la utilización de turnos previos y reserva.