PRONÓSTICO EXTENDIDO

Elecciones vecinales en Resistencia | El 2 de octubre es la fecha tope para la presentación de listas

Compartir en mis redes:

Desde la Secretaría de Gobierno del Municipio de Resistencia se anunció que las elecciones de Comisiones Vecinales se realizarán el 4 de noviembre. En este contexto se deberán presentar las listas correspondientes y la fecha de presentación expira el 2 de octubre. La consulta de padrones provisorios ya está disponible en la página del Municipio (www.mr.gov.ar).

El subsecretario de Regulación y Fiscalización, Gustavo Cicik señaló que el lugar del sufragio será definido por cada Junta Electoral Vecinal. Se elegirán por un período de dos años, 7 integrantes titulares y 3 suplentes a saber: presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y tres vocales titulares y tres vocales suplentes por cada comisión vecinal y cada barrio.

Qué es una Comisión Vecinal?

Es la organización comunitaria que nuclea y representa a la totalidad de los vecinos residentes en la delimitación geográfica de un determinado barrio, villa o asentamiento, con más de 100 habitantes. Entendiendo por vecinos: a toda persona que habita un mismo barrio.

Para el caso de los barrios, villas o asentamientos no reconocidos catastralmente, los vecinos podrán peticionar al ente competente la delimitación territorial a efectos de determinar la jurisdicción de su acción..

¿Cuáles son las funciones de una Comisión Vecinal?

  1. REPRESENTACIÓN: de los vecinos del barrio con el Municipio.

  2. ACTIVIDAD: se orienta a procurar la unidad y armonía del vecindario y el entendimiento y colaboración mutua con otras Comisiones Vecinales.

  3. OBJETIVO: constituir nexos para colaborar en la solución de problemas fundamentales con la Gestión Municipal.

Mandato

Los integrantes de las comisiones vecinales duran en sus mandatos 2 años, pudiendo ser reelegidos un período más.

¿Cuándo caduca una Comisión Vecinal?

  1. Cuando la comisión no haya realizado ninguna actividad en un plazo de 6 meses.

  2. Cuando se constatare violaciones graves a la Ordenanza y sin que se haya regularizado su situación.

  3. En caso de acefalía total de la Comisión Directiva.

  4. Cuando se omita el cumplimiento de los puntos anteriores.