Junto con la reglamentación del “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”, que aplica un 30% de recargo a todas las operaciones que impliquen la adquisición de moneda extranjera, el Gobierno recordó qué casos están exceptuados.
Las operaciones que sí pagarán son la compra de dólares para atesoramiento y la compra de bienes y servicios, incluyendo la compra de pasajes al exterior, cualquiera sea su medio de pago.
Desde el Ministerio de Economía detallaron en que caso no se aplica el impuesto PAIS:
- Adquisición de pasajes por vía terrestres con destino a países limítrofes.
- Gastos referidos a prestaciones de salud.
- Compra de medicamentos.
- Adquisición de libros en cualquier formato.
- Utilización de plataformas educativas.
- Software con fines Educativos.
- Gastos asociados a proyectos de investigación, desarrollados por investigadores en el ámbito del Estado, universidades e instituciones que integran el sistema universitario Argentino.
- Además, no se aplica el impuesto cuando el pago de las operaciones se realiza con moneda extranjera utilizando la que se tuviera en existencia.
- De lo recaudado mediante este impuesto, se destinará un 70% a la ANSES e INSSJP.