PRONÓSTICO EXTENDIDO

Se acerca el #8A | Estas son las estrictas medidas de seguridad del Senado para el debate por el aborto

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Este miércoles 8 de agosto será el día clave en la discusión de la Ley por la despenalización del aborto. Se espera una larga discusión en la Cámara de Senadores y por eso, la “Dirección de Seguridad y Control” del parlamento argentino dio una larga y restrictiva serie de recomendaciones y sugerencias para la sesión.



1. Se ha decretado el asueto para el personal que no esté afectado a la realización de la sesión.

2. Se autorizará el ingreso al Palacio exclusivamente al personal que cada área o despacho haya notificado por memo a la Dirección de Seguridad y Control hasta el 6/8, informando nombres, apellido, DNI, legajo y funciones. Este listado estará en los accesos del perímetro que dispondrán las fuerzas de seguridad.

3. De las personas autorizadas según el punto 2, cada senador podrá designar hasta dos asesores para acceder al primer piso del Palacio y hemiciclo, e ingresar al recinto a requerimiento de su senador.

4. Cada persona autorizada contará con una identificación que se le entregará en los accesos del Palacio.

5. La Secretaría Parlamentaria deberá informar el listado del personal que colaborará en la sesión dentro del recinto.

6. No estará permitido el acceso de invitados, sin excepción.

7. A la primera galería del recinto podrán acceder solamente fotógrafos personales de senadores o bloques, fotógrafos de medios y periodistas acreditados de forma permanente.

8. Cada senador podrá designar un vocero, el cual podrá acceder al hemiciclo y al Salón de las Provincias. En este último salón estarán los periodistas acreditados para esta sesión.



9. Los únicos que podrán acceder al recinto son los fotógrafos oficiales del Senado de la Nación.

En cuanto al asueto para el personal administrativo, se aclaró que alcanza a todo el personal no afectado a la realización de la sesión legislativa.

La medida se tomó considerando que durante la sesión se movilizarán por la zona del Congreso una gran cantidad de personas, “dificultándose el traslado y acceso del personal de este Honorable Senado”.

No obstante, se aclara que “es menester arbitrar las medidas que sean necesarias para garantizar el desarrollo de la sesión”. De ahí que se disponga que asista únicamente el personal afectado directamente al tratamiento de dicha ley.

El asueto se fundamenta en la Resolución DR-1388/02 del Reglamento de la Cámara de Senadores de la Nación.