PRONÓSTICO EXTENDIDO

Hasta fin de año sigue la veda de pesca extendida entre Chaco y Corrientes

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La medida llega a través de la Disposición Nº 192 de la Dirección de Recursos Naturales de Corrientes a los fines de continuar con una adecuada y eficaz protección de las especies ícticas en todo el territorio de la Provincia de Corrientes, y en especial aquellas sobre las que recae una mayor presión de pesca.

Desde el organismo explicaron que la implementación de los períodos y lugares de veda diferenciados se fundan en datos técnicos obtenidos por esta Dirección de Recursos Naturales de la Provincia a través de autoridades y organismos especializados como ser la Facultad de Veterinaria de la UNNE, de los cuales surge la conveniencia de la implementación de una modalidad de veda extendida como herramienta para quitar presión de pesca al río y optimizar las oportunidades de reproducción.

Recordaron que en la provincia de Corrientes existen aproximadamente 700 kilómetros de aguas jurisdiccionales destinados a la actividad de pesca en general; de los cuales aproximadamente 600 kilómetros son exclusivos para la pesca deportiva, quedando la actividad de pesca comercial relegada a aproximadamente 80 kilómetros.

«Resulta conveniente y oportuna la implementación de una veda diferenciada en el tramo que recibiría mayor presión de pesca, principalmente en el tramo del Río Paraná comprendido entre los kilómetros 1.231 –Punta Santa Ana- y 1.116 –desembocadura Arroyo Ambrosio» fundamenta la Dirección de Recursos Naturales.

Reiteraron que el tramo antes mencionado recibiría la mayor presión de pesca siendo necesario continuar con modalidad de veda extendida la cual ha demostrado ser una eficaz herramienta para la protección de las especies ícticas, su preservación y reproducción, modalidad que fue complementada con monitoreos realizados por la Facultad de Veterinaria de la UNNE.

En ese sentido, se dispuso la prórroga de la veda extendida que venció el 30 de junio último, y se la prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2019. En ese periodo estará prohibida la captura de cualquier especie íctica, en la modalidad de Pesca Comercial todos los días sábados desde la hora 00:00 y hasta la hora 24:00 del domingo, y para la modalidad de Pesca Deportiva todos los días Martes desde la hora 00:00 y hasta la hora 24:00 del día Miércoles de cada semana del período total establecido.

La Veda Extendida establecida en el artículo anterior, se aplicará en aguas jurisdiccionales de la Provincia de Corrientes en el tramo del Río Paraná comprendido entre el km 1.231 (Punta Santa Ana) y el km 1.116 (desembocadura Arroyo Ambrosio) ambos inclusive.

Queda exceptuada de lo establecido en los artículos precedentes la pesca de subsistencia practicada únicamente en su modalidad de costa con línea de mano y/o caña con reel y un anzuelo, solo para consumo propio de las siguientes especies: Armado spp, Bagre spp, Mandure spp, Corvina, Virreyna, Tararira, Chafalote, Palometa spp., y para aquellas personas que poseen la respectiva licencia de pesca de subsistencia emitida por esta Dirección.